viernes, 8 de septiembre de 2006

Subvenciones y legalidad en Turismo Rural

Existe una idea muy generalizada y equivocada sobre las subvenciones. Trataré de ser lo más claro posible para evitar a futuros propietarios tremendos problemas con los que no contaban al iniciar su proyecto.
La subvenciones pueden ser básicamente de dos tipos: Europeas o Autonómicas (Rara vez los Ayuntamientos las conceden). Las primeras, las europeas, depende de si la zona de España sonde se va a ubicar tu casa esta dentro de una zona geográfica designada por la CEE para ello. Normalmente, cuanto más pobre sea la zona, más porcentaje de subvención podrás obtener, llegando incluso hasta casi un 50% siempre con un tope máximo de inversión. Las Autonómicas no tienen nada que ver con eso y dependen del interés que la Comunidad en cuestión tenga en el desarrollo del turismo rural. Varía muchísimo de unas a otras. Para enterarte de a que subvenciones tienes derecho, tanto a nivel Europeo como Autonómico, lo mejor es que acudas a la Consejería de Turismo u organismo similar de la Comunidad donde quieras ubicar tu alojamiento. Una vez que te informen se acabó lo bueno y, si quieres percibir la ayuda empieza para ti un personal Calvario...
Lo lógico es que pidas la subvención porque careces de recursos por ti mismo para asumir la puesta en marcha del negocio y necesitas la ayuda que las instituciones proporcionan en aras al desarrollo de la zona...Craso error. Si no tienes dinero ni propiedades superiores al importe del proyecto total, o suegros, amigos unineuronales u otro tipo de familiares ignorantes dispuestos a firmarte un aval, olvídate. Después de arduas gestiones y papeleos, si eres afortunado, te concederán la subvención, bien, pues en ese mismo momento deberás presentar un aval por el importe total de la misma como garantía de que cumplirás tus compromisos durante un periodo de tiempo que no suele ser menor a cinco años. Es decir, el importe total deberá permanecer en el banco, en una especie de urna de cristal durante un largo periodo de tiempo. Además, el banco te cobrará todos los meses por retener tu propio dinero en una especie de cruel juego de "lo verás pero no lo catarás". Eso no es lo peor, si por cualquier causa en el curso de ese periodo incumple tus obligaciones (por ejemplo te trasladan y no puedes continuar con el negocio) deberás devolver el importe completo mas el interés legal acumulado que, al día de hoy es un 4%. Un interés que, por supuesto, el banco no te ha pagado por tener guardado y a su disposición dicho importe. Eso si, si te sobra la pasta y dispones de un buen gestor y equipo jurídico, solicítala sin problemas ya que, sin prisas y pasados unos cuantos años tras haber sido concedida y abonada, podrás disfrutar de ella.
Pero el ser previamente rico no es el único requisito para acceder a una subvención, también se necesitan virtudes teologales como la PACIENCIA. Pedir una subvención es como pedir perdón. El principio de la inocencia se invierte, desde que la pides, tú eres culpable de todo salvo que demuestres lo contrario...No es que lo vea mal, lógicamente, si te van a dar un dinero público tienen que comprobar que no eres un caradura, pero, la forma en la que algunas veces te tratan los funcionarios responsables es, realmente insultante y, sobre todo, la cantidad de trámites, trabaja en contra del propietario y su paciencia. ¡Una cosa es que pidas una subvención y otra muy diferente sentirte una especie de delincuente por haberla pedido!. Salvo un certificado de penales y la certificación de que te vacunaste contra la rubéola, tendrás que presentar todo tipo de documentación que se te pueda imaginar (declaraciones de la renta, patrimonio, registro de la propiedad, planos, permisos...Todo lo que te puedas imaginar y 100 veces mas - Incluso aunque la propia administración ya posea esa información- de hecho la poseen toda, pero es mas que nada por joder) y, no te creas que obtendrás una pronta respuesta...
Otra de las cosas mas molestas de las subvenciones es lo que supone respecto a las modificaciones en tu idea de negocio...Me explico, cuando tú montas un negocio, lo "haces" a tu gusto y aplicas todas tus ideas, buenas o malas, pero las tuyas...Cuando pides una subvención pierdes el control: una legión de personas pagadas por diferentes administraciones públicas (Muchas de ellas no se porque extraño motivo calzando sandalias) van a opinar e influir en tu negocio, donde tu arriesgas tu dinero. Es una sensación deprimente. Algunos son educados pero, otros, son evidentemente prepotentes y horteras. Los “sandalios” no son necesariamente los peores, yo personalmente temo mas a los que entran muy simpáticos, tu les bailas el agua y después escriben un informe que te hunden.

MI CONSEJO: si tienes paciencia, poco orgullo, juventud, buenos gestores, no debes nada a Hacienda, no te importa que te den lecciones unos ignorantes, salud para cobrarla, y dinero para aguantar hasta que la cobres, pide la dichosa subvención...Si no, y como dice mi paisano el Presidente de la Junta de Extremadura D. José Luis Rodríguez Ibarra, que se la metan por donde la espalda pierde su honroso nombre.

RESUMEN: Si tu proyecto es bueno, no necesita subvención. Si esta es imprescindible para su rentabilidad, algo falla.
Casas legales, alegales e
ilegales

Tremendo debate, las casas legales braman contra las ilegales y las ilegales se hacen las locas. Yo, personalmente creo que jurídicamente es posible alquilar una casa DE ALQUILER COMPLETO sin darla de alta como tal en la respectiva consejería de Turismo ya que se está haciendo un alquiler de Temporada como el del que alquila un apartamento en Benidorm por tres semanas. Debería especificar cuando se anuncie que es un apartamento rústico de alquiler, y también, firmar su correspondiente contrato así como declarar sus ingresos en la declaración de la renta en el apartado de Rendimientos de bienes inmuebles. Si se dan servicios tales como desayunos, comidas, limpiezas durante la estancia, o, se alquila por habitaciones, no sólo jurídicamente es obligatorio darse de alta en la Consejería correspondiente y acatar la normativa a ese respecto, si no que es altamente recomendable pues, por un lado, da seguridad al usuario y, por otro, protege mucho mas al propietario frente a mal uso de su alojamiento o reclamaciones contra la casa. No sabes lo cómodo que resulta tener “hojas de reclamaciones a la disposición de los clientes”. De verdad.

MI CONSEJO: Date de alta, cumple la normativa y presume de ello. Si tu duda es por Hacienda, no tiene nada que ver... se puede o no ser honrado con Hacienda independientemente de la legalidad de la casa. Pillín, que eres un pillín.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Lo primero sería no ofrecer promoción a quien no este dado de alta, ¿no?

PEGASA dijo...

Y si encima la tienes que hacer, ya no quiero ni pensar que te pueden pedir.....

PEGASA dijo...

Por cierto se nota que entiendes del tema. Y sabes por casualidad si la persona que quiere montar es menor de 35 años tiene alguna bonificación o no.